Corte quita discrecionalidad en permisos de radiodifusión La mayoría de ministros del máximo tribunal del país también llegó a la conclusión de que de manera indebida el Congreso de la Unión estableció un trato diferenciado entre quienes buscan obtener una concesión para fines comerciales y quienes solicitan un permiso para instalar un medio de comunicación para fines sociales. En opinión de algunos ministros como Mariano Azuela Güitrón, el Congreso estableció reglas y requisitos claros para quienes buscan una concesión con fines comerciales. Y, en cambio, para quienes tratan de obtener un permiso para crear estaciones oficiales, culturales y de experimentación, entre otras, fijó un mecanismo mediante el cual dejó a la discrecionalidad de las autoridades decidir si les aumentan o no los requisitos que les pueden pedir. Y esto, para ocho de los nueve ministros que actualmente integran el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, resultó inconstitucional, porque permite un trato diferenciado y discrecional entre quienes solicitan concesiones y quienes piden permisos. El ministro Sergio Aguirre Anguiano, quien tiene a su cargo el caso, fue el único que se pronunció por declarar la validez de los puntos contenidos en el artículo 20 de la Ley Federal de Radio y Televisión, y que fueron impugnados por los 47 senadores de la anterior legislatura que promovieron el juicio en contra de las leyes de medios. Al continuar con la revisión del juicio de las leyes de medios, la mayoría de ministros anuló la posibilidad de que se les pidan requisitos adicionales a quienes soliciten un permiso. Y, al mismo tiempo, también anuló la facultad que se le había dado a las autoridades competentes para decidir de manera discrecional si otorgaban o no el permiso solicitado una vez que cumplieran con los requisitos normales. "Para mí -dijo el ministro Azuela-, estos conceptos de invalidez son fundados y deben llevar a la inconstitucionalidad de estas distintas disposiciones. En primer lugar, porque se establece inequidad, porque se violenta el principio de legalidad al desvirtuarse con los mecanismos de otorgamiento de las concesiones y de los permisos, lo que son los objetivos fundamentales de la regulación, de la explotación de un servicio público de la Federación, como es el espectro radioeléctrico". Javier Corral, uno de los ex senadores que promovieron el juicio se congratuló con la decisión de la Corte, en especial porque, dijo, representa un paso importante porque las autoridades no podrán someter a una investigación casi policiaca a quienes piden una frecuencia de radio y televisión para fines no lucrativos sino sociales o culturales. Durante la sesión de ayer los ministros también analizaron diversos puntos relacionados con las facultades de la Comisión Federal de Competencia (Cofetel). De entre los puntos en los que la Corte ratificó la validez de la ley a discusión destaca el que avalaron, por seis votos contra tres, y que tiene que ver con la transferencia de las facultades de la SCT sobre radio y televisión a la Cofetel. De manera unánime los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación también consideraron que mantener un régimen legal para telecomunicaciones y otro distinto para radio y televisión no será un obstáculo para el trabajo antimonopolios que realiza la Comisión Federal de Competencia. La SCJN continuará con el análisis de las leyes de medios en la sesión del lunes próximo. En dicha sesión los ministros entrarán al estudio de fondo de uno de los temas más relevantes de la reforma, como es el caso del apartado de la Ley que establece el refrendo automático de las actuales concesiones de radio y televisión.
Carlos Avilés
El Universal
Miércoles 30 de mayo de 2007
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) anuló diversos apartados de la Ley Federal de Radio y Televisión mediante los cuales se dotó de facultades discrecionales a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) anuló diversos apartados de la Ley Federal de Radio y Televisión mediante los cuales se dotó de facultades discrecionales a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes para otorgar los permisos que le soliciten instituciones educativas y organizaciones no gubernamentales, entre otras agrupaciones, para prestar el servicio de radiodifusión.