miércoles, diciembre 06, 2006

La Tremenda Corte...

Cierra SCJN juicio contra Fox por spots

Deciden ministros no continuar con controversia promovida por legisladores por los anuncios del ex presidente que promovían sus obras durante el proceso electoral


Carlos Avilés Allende
El Universal
Ciudad de México
Miércoles 06 de diciembre de 2006

13:46 El juicio de los “spots publicitarios” con presuntos fines electorales que enfrentó a la Cámara de Diputados con el entonces presidente de la República, Vicente Fox, durante los primeros meses del año, fue cerrado de manera definitiva por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Desde febrero la Cámara de Diputados promovió un juicio de controversia constitucional en contra del gobierno de Fox porque, en su opinión, violó la carta magna al difundir “spots publicitarios” en los que difundía su imagen y las obras de su gobierno con el fin de favorecer en los comicios al actual mandatario, Felipe Calderón.

Como adelantó EL UNIVERSAL desde el lunes, los ministros de la Primera Sala del alto tribunal, después de nueve meses, tras la salida de Fox de la Presidencia, concluyeron que ya no tenía sentido continuar con este juicio, porque comprobaron que la difusión de las campañas impugnadas ha sido cancelada en forma definitiva.

Y esto generó que se presentará una causal para sobreseer el juicio, es decir, para cerrarlo sin entrar al estudio de fondo de la demanda.

Los ministros de la Corte explicaron en su sentencia que esto es así, “toda vez que los spots de radio y televisión han sido cancelados por voluntad propia del organismo competente para tales efectos, con lo cual dejaron de causar la afectación que en su caso podrían haber ocasionado a la Cámara actora o incluso el efecto negativo que a decir de la misma causaban a la población”.

De ahí que, agrega la sentencia elaborada por el ministro José de Jesús Gudiño Pelayo y aprobada por sus compañeros de Sala, “si el objeto que perseguía la Cámara actora con la promoción del presente juicio es que se dejaran de transmitir los spots impugnados, y tal circunstancia ya aconteció, lo conducente es sobreseer la controversia constitucional planteada”.

Esto último, precisa, “toda vez que en su causa de pedir, la Cámara de Diputados argumentó que con los spots se mal informaba a la población y desorientaba en cuanto al origen aplicación y ejercicio de los programas sociales que en tales spots se difundían. Tal afectación cesó, en virtud de que los referidos spots ya no son transmitidos”.

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