miércoles, abril 23, 2008

Ilegal el decreto contra gestión de Macuspana

Invalidan sanción a Ramiro López Obrador

Corte declara ilegal decreto contra gestión de Macuspana



Carlos Avilés Allende
El Universal
Miércoles 23 de abril de 2008

caviles@eluniversal.com.mx

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó un acuerdo que emitió el Congreso de Tabasco en el que ordenaba corregir y sancionar diversas irregularidades presuntamente detectadas durante la gestión de José Ramiro López Obrador —hermano de Andrés Manuel, ex candidato presidencial— como alcalde del municipio de Macuspana.

El máximo tribunal del país declaró inconstitucional el decreto que aprobaron los legisladores del PRI y del PAN, en diciembre de 2005, con base en el cual se le ordenó al municipio que sancionara a diversos funcionarios que formaron parte del gabinete de José Ramiro, ahora virtual líder estatal del PRD en Tabasco.

Al revisar la cuenta pública de 2004, la mayoría del Congreso acordó emitir una serie de observaciones en contra de la gestión de López Obrador, porque supuestamente detectó que algunos funcionarios de su administración recibieron, por concepto de su salario, pagos excesivos y desproporcionados.

La medida fue impugnada por el ayuntamiento. Y la Corte, en la sesión de este martes, invalidó el decreto porque llegó a la conclusión de que el Congreso local incurrió en diversas violaciones a la Constitución.

Además de que se corroboró que el Congreso local nunca comprobó qué funcionarios fueron los que recibieron pagos excesivos, ni cuál fue la cantidad que recibieron de más.

La ministra Margarita Luna Ramos explicó que faltó que el Congreso tabasqueño fundara y motivara el decreto que emitió, porque “no se especifica quiénes son los funcionarios a los que en un momento dado se les pagó de más, ni cuántos, ni quiénes, ni quién les pagó de más, simplemente se dice que hay un pago de más, y que habrá que resarcir ese pago”.

La Corte también determinó que el Congreso local carece de competencia para ordenar al municipio de Nacajuca que destituya o sancione al titular de la Dirección de Obras Públicas, Asentamientos y Servicios Municipales, invadiendo el marco de competencia de diversos órganos que sí tienen competencia expresa para ello.

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